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josé toribio medina

18.04.2013 09:56

 

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RIO NEGRO

DEPARTAMENTO DE EDUCACION

LICEO JOSE TORIBIO MEDINA                                 

                                                                                

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

“LICEO JOSE TORIBIO MEDINA”

2013

“POR UNA MEJOR CONVIVENCIA ENTRE TODOS DIA A DIA”

 

JUAN GUILLERMO CARO PERALTA.

DIRECTOR.

 

INTRODUCCIÓN

                                                                                                                                                  

“Vivir es convivir y convivir es un arte, al menos para los humanos. Si nos guiáramos sólo por el instinto, como los animales, si estuviéramos, como ellos programados a través de nuestros genes, la convivencia entre nosotros seria infinitamente más fácil, sería más o menos automática”

El valor de la Convivencia

                                                                                   

Más que estar preocupado por la cantidad de conocimientos que has Adquirido en la escuela, lo estoy por si en ellas has aprendido a pensary a convivir.

 

Aprender a convivir. He aquí una cuestión capital. Porque si nos cargamos de información que utilizamos para ignorar, despreciar, oprimir o destruir a los otros, más nos valdría ser ignorantes. La educación es el conseguir que cada persona se convierta en un ciudadano capaz de respetar a sí mismo y de respetar a los otros viviendo en paz. Una paz asentada en la justicia y no en la mera ausencia de conflictos.

 

La convivencia es un valor…

Este expresa valores morales y unas creencias acerca de la sociabilidad humana. “somos un conjunto de personas, hombres y mujeres, libres e iguales ante la ley y formamos una comunidad política. Cada uno de nosotros, sin excepción, somos miembros de esa comunidad.

Es inevitable la convivencia. Somos cada uno precisamente porque estamos en relación con los otros. No llegaríamos a ser plenamente humanos si no estuviésemos entre nuestros semejantes. La convivencia exige la existencia de normas que deben ser consensuadas por todos. El problema es que unos respetan y otros violan esas normas, así de esta forma el conflicto surge.

                                                                                                                           

                                                  Cada individuo es: Único, irrepetible, irremplazable, complejo y dinámico…

 

Si estas diferencias y/o actitudes se respetan y se comparten, es un tesoro. Si esas diferencias se utilizan para discriminar, excluir y dominar se convierte en una Amenaza.

Convivir es vivir con otros. La convivencia es un arte de hacer que los demás se encuentren bien con uno. Lo cual supone respeto a la forma de ser del otro y una forma de actuación que facilite la libertad a cada uno dentro de la justicia.

                                                                 

( TITULO I  )

DE LOS ESTUDIANTES

 

 ARTICULO  1°: DERECHOS

  1. Recibir de parte del establecimiento el Manual de Convivencia y de evaluación en el mes de Marzo de cada año.
  2. Recibir una educación que desarrolle habilidades cognitivas, sociales y valóricas de acuerdo al P.I.E (Proyecto Educativo Institucional), y propicias por el Ministerio de Educación.
  3. Beneficiarse de la presunción de inocencia en caso de ser acusado o denunciado de alguna transgresión a las reglas del liceo y ser informado formalmente de esta por la Insectoría General y ser sancionado solo en caso de comprobarse falta.
  4. Recibir un trato igualitario, sin discriminación arbitraria por parte de los integrantes de la comunidad educativa.
  5. Ser escuchado y/o expresar por conducto regular (Profesor de Asignatura – Profesor jefe – Insectoría general – Unidad técnico Pedagógica y/o Dirección), cuando desee exponer un problema que lo afecte directamente es su calidad de persona o como estudiante de este establecimiento.
  6. Recibir una Formación de Calidad, (planificada y evaluada), en relación a las normas de convivencia escolar y social, especialmente en actividades educativas en las que debe ser informado de las reglas específicas para la actividad y/o espacio educativo. Conocer las posibles sanciones que se aplicaran y prevenirlo de la relevancia o gravedad de estas, con sus consiguientes consecuencias, especialmente cuando sus acciones pongan en peligro o dañen la integridad de los miembros de la comunidad educativa, o cuando afecten o impidan el aprendizaje de sus compañeros y compañeras.
  7. La institución educativa debe contar con un Plan de Seguridad Escolar y un coordinador responsable de su aplicación. Esta deberá ser aplicada y ejecutada a los y las estudiantes de la unidad educacional; teniendo presente una formación efectiva para el resguardo y protección de la integridad física, así como la de los demás personas.
  8. Serán informados del calendario de evaluación por los profesores de los distintos subsectores al inicio de cada semestre.
  9.  Ser evaluado según el reglamento de evaluación por el cual se rige el establecimiento. Los alumnos y alumnas con N.E.E serán evaluados de acuerdo a la nueva normativa de educación especial establecida bajo el decreto 170.
  10. Al ser evaluado con los mismos requerimientos, exigencias y contenidos que sus demás compañeros, en caso de enfermedad, siempre que el apoderado presente certificado médico, en un plazo que no exceda las 48 horas, después de la evaluación. Esta situación debe resolverla el apoderado en Insectoría general. Las excepciones sin certificado médico serán tratadas en insectoría General con el Profesor Jefe, Alumno (a), Profesor responsable del Subsector y U.T.P (fallecimiento de un familiar, viajes, enfermedades sin certificado médico, etc.

(Derecho a justificar debidamente situaciones especiales para ser evaluados en el momento extraordinario).

  1. En caso de repitencia, el estudiante que no tiene problemas de Disciplina está en plena libertad de optar por segunda vez al mismo nivel. Los alumnos repitentes que si tienen problemas Disciplinarios quedara su matrícula condicional bajo criterio  Institucional escrito o impreso.

El apoderado en casos especiales podrá solicitar a la dirección la oportunidad de permanecer en el establecimiento; previo compromiso escrito, de acuerdo a las condiciones preestablecidas por este.

  1. Los alumnos y alumnas serán protegidos por es Seguro Escolar según lo establece la ley n° 16.744.
  2. A reunirse y asociarse como estudiantes de un curso y/o grupo con la asistencia del Profesor Tutor u otro Docente autorizado por la Dirección para tratar temas relativos a su formación.
  3. El liceo no asumirá responsabilidad alguna en caso de conductas irresponsables de los alumnos y alumnas.

15.  Los alumnos tienen derecho a solicitar materiales del C.R.A. (centro de Recursos para el Aprendizaje), con el carnet del lector; en caso de pérdida reposición correspondiente en el plazo de 1 semana.

  1. Los alumnos tienen derecho a elegir y la obligación de permanecer en un taller de formación integral que estipula la oferta institucional.

Una vez elegido el taller deben cumplir con su compromiso correspondiente, siendo su asistencia obligatoria; el no cumplimiento será sancionado de acuerdo al reglamento como falta grave (según Art. N° 14)

  1. Desempeñar cargos, roles y funciones dentro del grupo curso y/o participar en el Centro de Alumnos de acuerdo a sus antecedentes académicos y disciplinarios.
  2. Representar al liceo en actividades oficiales (coro, folclore, deportes, teatro, taller de pintura, gimnasia, centro de alumnos u otros) por mandato de la dirección del establecimiento, oportunidad en las que sus obligaciones habituales (evaluaciones y/o calificaciones) serán reprogramadas.

(Según la actividad será exigible una conducta y presentación personal intachable, acorde a la actividad.

  1. Los alumnos serán reconocidos en su hoja de vida por sus aportes y/o participación en actos en criterio de la institución.
  2. Ausentarse del liceo por razones de fuerza mayor, que no sea de forma recurrente, por no más de dos días consecutivos con aviso por las siguientes causas: accidentes leves, fallecimiento de familiares directos, problemas familiares y/o de salud que no requieran atención médica especializada y licencia. Debiendo ser justificado personalmente por el apoderado (a) titular o por el apoderado (a) suplente.
  3. Quedan exento de matrícula los alumnos y alumnas que pertenezcan a los programas sociales del estado con la acreditación correspondiente.
  4. Los alumnos y alumnas expresaran inquietudes y/o problemas respetando el conducto regular.
  5. Las estudiantes tienen el deber, en caso de embarazo, dar a conocer al profesor jefe o algún funcionario de su confianza, no más allá de los tres meses, de su estado, con o sin conocimiento de su familia o apoderado, para proteger y resguardar su integridad física y moral.
  6. El establecimiento otorgara las garantías, beneficios y licencias que le corresponde a una madre alumna, siempre y cuando sean certificadas e informadas por un especialista de su estado maternal.
  7. Para los alumnos estudiantes del liceo que asuman la paternidad responsable, podrán acompañar a la madre embarazada y asistir a los controles de embarazo durante los periodos de clase si no tuviesen evaluaciones; esto será coordinado con el profesor/a del subsector de aprendizaje, igualmente serán informadas según el conducto regular del establecimiento. A demás  podrán cuidar  a su hijo/a y llevarlo/a a control, en ausencia de su madre, siempre y cuando exista una notificación que lo respalde y acredite.
  8. Los alumnos que sean suspendidos de clase, tendrán derecho a dar las evaluaciones correspondientes una vez que se incorporen normalmente a clases. Estas evaluaciones tendrán los mismos contenidos y grados de dificultad que son aplicadas al grupo curso. En caso de trabajos en grupo, dada las características de los mismos, el profesor determinará la modalidad a que el alumno será sometido para su evaluación.
  9. Los alumnos/as con N.E.E. tienen derecho a recibir apoyo diferencial previa evaluación que indique las medidas necesarias para mejorar su aprendizaje (decreto n° 170). En caso de no querer dicho apoyo debe informar su deseo mediante una carta dirigida al Profesor/a de educación Especial y copia a U.T.P. (Unidad Técnica Pedagógica).
  10. Los alumnos tienen derecho a elegir su religión, elección que quedara registrada en la ficha de matrícula.
  11. Los alumnos tendrán derecho a asistir a clases de Orientación y Desarrollo Personal como taller (J.E.C.), Jornada Escolar Completa.

 

                                    

                                                                   ARTICULO 2°: DE LOS DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

 

  1. Conocer y respetar el Manual de Convivencia escolar entregado en la 1° reunión de apoderados del mes de Marzo, para ser leído y analizado junto al profesor/a jefe/a.
  2. Es de carácter obligatorio cumplir con los horarios y asistencia a las clases y actividades programadas establecidas por el establecimiento.
  3. Estudiar con dedicación y responsabilidad para logar la aprobación de todas las asignaturas de su plan de estudio.
  4. Cumplir y respetar las normas de conducta y disciplina establecidas en el Manual de Convivencia Escolar tanto en el establecimiento como en calles y recintos públicos, vistiendo el uniforme correspondiente del liceo.
  5. Asistir un mínimo de 85% de asistencia en las clases.
  6. Usar vocabulario, modales y tono de voz apropiado en todo momento, dentro y fuera del establecimiento.
  7. El alumno/a tiene deber de utilizar uniforme completo para su presentación personal y una higiene adecuada.
  8. De acuerdo a las normas vigente, los alumnos/as deberán asistir en clases de Educación Física con su buzo, zapatillas deportivas correspondientes; delantal blanco para los trabajos en laboratorios y talleres.
  9. Hacer abandono de la sala de clases en horas de recreo para permitir su aseo y ventilación adecuada.
  10. Presentar justificativos por escrito en la Agenda Institucional los atrasos e inasistencias.
  11. Los alumnos/as deben tener una fotografía tamaño carnet en el libro de clases, la cual deberá ser entregada al momento de matricularse.
  12. Los alumnos/as deben presentarse con el pelo corto, sin coloración ni adornos
  13. Los alumnos no deberán portar objetos de valor; ejemplo: Dinero, Celulares, Notebook, Netbook, reproductores de música, juegos electrónicos, etc. La dirección del establecimiento no se hará responsable por perdidas, robos o hurtos.
  14. Los alumnos deben cuidar su integridad física y/o psicológica de sus pares.
  15. Los alumnos/as no portaran armas de ningún tipo; ejemplo: fogueo, de fuego, corto punzantes o contundentes, ni utilizar ningún material didáctico; ejemplo: cortapapeles, compas y otros similares. Al comienzo del año escolar serán entregados al respectivo profesor para ser ocupado bajo su supervisión cuando él lo estime conveniente.
  16. Es deber del alumno/a cumplir con los materiales de trabajo solicitados por el/los profesor/es del subsector o taller, al inicio o durante el transcurso del año escolar.
  17. Mantener y cuidar todo el material de enseñanza que le facilite el establecimiento para su aprendizaje; textos de biblioteca, guías, mapas, instrumentos y otros. Los daños ocasionados a los materiales deberán ser repuestos en su totalidad. En caso que el material tenga un costo elevado o especial, la dirección decidirá.
  18. Los alumnos/as deben cumplir con el aseo diario de su sala de clases, esto implica enumerar semaneros cada semana.
  19. El alumno/a deberá informar a su profesor/a jefe/a e Inspectoría General de todo tratamiento médico, sea este temporal o permanente, así como el medicamento que ingiera.
  20. El alumno/a debe informar al momento de su matrícula su evaluación psicométrica.

 

                                                                                            

TITULO II

ESTABLECIMIENTO DE NORMAS

 

  1. El inicio de clases es a las 08:30 horas y los alumnos/as deberán estar en el liceo a lo menos de 5 minutos antes de esa hora estipulada.

 

       Llegada al liceo: 08:25

Inicio de clases: 08:30

Recreon° 1: 10:00 – 10:20

Recreon° 2: 11:50 – 12:00

Recreo n° 3 y Almuerzo: 13:30 – 14:15

Recreon° 4: 15:45 – 16:00

Termino de clases: 17:30

 

  1. Los alumnos/as que lleguen atrasados, deberán justificar con el apoderado el día siguiente.
  2. Los alumnos/as deben cumplir las mismas exigencias tanto en asistencia y cumplimiento en los talleres definidos para las horas de libre disposición, subsectores electivos y optativos.
  3. De a cuerdo a la Jornada Escolar Completa, los alumnos/as deberán almorzar en el establecimiento. Excepto los autorizados por el apoderado y supervisar la salida entregada por el Inspector general del establecimiento.
  4. En las horas intermedias en que por situaciones emergentes, no asista el profesor del subsector, los alumnos serán atendidos por los inspectores con guías de trabajo complementarias.
  5. El alumno/a no deberá salir del establecimiento educacional excepto que el apoderado lo retire en caso ajeno a su voluntad.
  6. El /la apoderado/a deberá firmar las autorizaciones correspondientes en los casos en que el/la alumno/a deberá representar al liceo fuera de este, tenga salidas a terreno, participe de alguna actividad deportiva u otra según la programación anual o emergente.
  7. Cuando por razones debidamente justificadas, un alumno/a requiera cambio de curso, el apoderador7a deberá presentar al director/a una petición escrita con los fundamentos que la respaldan. Este resolverá de acuerdo al merito de la solicitud y de otros antecedentes que correspondan, ejemplo: fecha de la petición, conducta, disponibilidad de espacio, etc.

 

                                                               

                                                                        ARTICULO N° 4: DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL.

 

  1. Todos los estudiantes deberán asistir a clases con pantalón gris, camisa blanca, suéter azul marino, escote V, vestón azul tradicional, con la insignia del liceo en ambas prendas, zapatos negros y corbata de la institución, las alumnas con pantalón o falda azul marino, blazer y suéter del mismo color, con la insignia del liceo en ambas prendas, blusa blanca y zapatos negros. En caso de uso de parka en época de frio, ésta deberá ser de color azul marino.

 

 

             ARTICULO N° 5: DEL USO Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES Y MOBILIARIO.

 

  1. Cualquier daño a las dependencias del liceo (paredes, mobiliario, artefactos de baño, vidrios, elementos pedagógicos u otros) será de responsabilidad de quien/quienes lo cometa/n y lo dañado deberá ser reparado o repuesto en el plazo que estipule Inspectoría General.
  2. El curso es responsable de entregar la sala asignada al término del año escolar, en las mismas condiciones en que la recibió al inicio del año escolar.
  3. El curso responderá por los daños de la sala.

                                       ARICULOS N° 6: DE LAS RELACIONES PERSONALES.

 

  1. Los Docentes, Alumnos/as, Administrativos y Asistentes de la Educación se relacionan con un vocabulario adecuado, utilizado dentro del marco del Respeto y Sobriedad que sea compatible con la formación equilibrada de nuestros educandos.
  2. No se permitirá/n acción/en de conflicto/s entre los miembros de la comunidad Estudiantil, en caso de que esto pase, los alumnos/as serán llevados ante el Inspector General del establecimiento quien tomara las sanciones correspondientes.
  3. Los Asistentes de la Educación y Administrativos son también parte fundamental de la Unidad Educativa; por ello su trabajo, influencia y relaciones con el resto de los estamentos liceanos deben enmarcarse en el dar y recibir un trato respetuoso y colaborativo en el logro de las metas y objetivos del establecimiento.
  4. Estarán exclusivamente prohibidos los pololeos dentro de la unidad educativa. Las eventuales parejas deberán enmarcarse en un plano de respeto personal y de la discreción.
  5. El acoso sexual entre los integrantes de nuestra comunidad educativa se considerara falta grave e incompatible. En caso de denuncias se investigara su veracidad y gravedad para instruir los procedimientos que pueden ir desde una orientación, a una sanción interna, y en casos extremos a la denuncia a los tribunales.
  6. Queda prohibido la ingesta de sustancias Licitas e ilícitas en el interior del establecimiento educacional, si algunos de nuestros alumnos/as son sorprendidos cometiendo estas acciones, serán sancionados como falta grave.
  7. Al interior de la sala de clases, los alumnos/as, deben utilizar un leguaje correcto y mantener una actitud de respeto hacia sus compañeros/as, hacia sus profesores/as y asistentes de la educación. De igual forma los profesores/as y asistentes de la educación actuaran de igual manera con sus pares y con los/as alumnos/as.
  8. Todos y cada unos de los integrantes de la Comunidad Estudiantil deberán respetar el principio de igualdad de los derechos humanos y los deberes expresados en el marco de los Derechos Universales de la Humanidad.
  9. Se entenderá como Maltrato Escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica , realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia de lugar en que se cometa, siempre que pueda:

 

  • Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales;
  • Crear un ambiente escolar hostil intimidatorio, humillante o abusivo; o
  • Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral intelectual, espiritual o físico.

Se considerarán como constructivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:

  1. Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
  2. Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno/a o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa.
  3. Agredir Verbal o psicológicamente  a cualquier miembro de la comunidad educativa.
  4. Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de una alumnos/a u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de las características físicas, etc.)
  5. Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.
  6. Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a una alumnos o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, facebook, twitter, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.
  7. Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar o que dejen en ridículo.
  8. Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aún cuando no sean constitutivos de delito.
  9. Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos.
  10.  Portar, vender, comprar, distinguir artículos ajenos al aprendizaje del alumno, como también consumir, drogas licitas (bebidas alcohólicas y/o cigarrillos) o sustancias ilícitas, incluyendo medicamentos no autorizados por un profesional de la salud o actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por esté.

 

                                          ARTICULO N° 7: DEL ASPECTO PEDAGÓGICO.

 

  1. Las pruebas y trabajos deben anunciarse con anticipación (en este caso se usara un calendario semestral anexado al libro de clases). Por lo tanto debe priorizarse la asistencia a ellas y la entrega del calendario a los alumnos/as según las exigencias del reglamento de evaluación.
  2. Las horas de Consejo de curso se utilizaran para la aplicación de Unidades de orientación y para el trabajo de los objetivos transversales presentes en la misión del liceo.
  3. Los alumnos/as que por motivos claramente justificados no cumplen con alguna evaluación tendrán que asumir el compromiso de acercarse al profesor/a para cumplir con la exigencia.
  4. El Centro de Recursos para el Aprendizaje (C.R.A.), es un lugar de apoyo en el proceso de aprendizaje en nuestros alumnos/as. Por ello, se debe cumplir con las normas establecidas para su funcionamiento con el fin de optimizar su eficiencia.
  5. El incumplimiento de tareas, trabajos, presentaciones de materiales o compromisos relacionados con la labor escolar se considerará como falta leve

  6. En consideración a las alumnas que tienes sus bebes: para resguardar el estado físico de la madre con el bebe. El apoderado/a deberá completar una solicitud para la continuidad de estudios de la pupila para lo cual la dirección del liceo fijara las condiciones y requerimientos para la finalización normal del año escolar las que tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

                                                                              

  • Derecho a la educación de la afectada.

  • Fomento de una sexualidad responsable.

  • Cumplimiento con el logro de los O.F-CMO

  • Prevención del embarazo adolescente.

        

  1. Los alumnos/as que por diferentes motivos tengan algún tipo de problemas que  les este impidiendo continuar con sus estudios, deberán informar a través de su Apoderado/a al profesor/a Jefe, para poder llegar a un acuerdo que vaya en beneficio de solucionar el/los problemas/s y de tal modo de propiciar que terminen regularmente el año escolar.
  2. Las salidas a terreno o giras de estudio son actividades de apoyo a la labor pedagógica en el aula, por lo que cada alumnos/a deberá tener en su poder, su correspondiente guía, la que posteriormente será evaluada por el profesor/a del subsector. Su actuar se regirá de igual forma por el presente reglamento.
  3. Los “paseos de fin de año” serán de exclusiva responsabilidad de los padres o apoderados. El liceo no autorizara, no patrocinará ni colaborará con ellos y son y serán consideradas como acciones particulares de grupos de personas que no tienes relación alguna con las actividades oficiales del liceo.
  4. Los alumnos/as con N.E.E tienes derecho a ser evaluados de acuerdo a lo que determine una previa evaluación que indique las medidas necesarias para mejorar su aprendizaje y de acuerdo mancomunado entre U.T.P., Profesor/a jefe/a, Profesor/a de Asignatura y Profesora de educación especial.